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TITULARES:

Nuevo INFORME SOBRE LA REUNIÓN MANTENIDA CON LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA EL 17 DE FEBRERO: El día 17 de febrero se mantuvo una importante reunión con la SGT en la que se abordaron diversos temas de interés. Consultar

Nuevo PUBLICADA LA NUEVA LEY DE SALUD PÚBLICA: Se ha publicado en el BOE, la Ley 33/2011 de 4 de octubre, General de Salud Pública. Como novedades importantes que nos pueden afectar directa o indirectamente está la nueva consideración de autoridad para todo aquel que realice funciones de inspección, la posibilidad de acceso al historial clínico de los pacientes y el reconocimiento del derecho a la Carrera Profesional del personal de Salud Pública.

Nuevo INFORME SOBRE LA REUNIÓN MANTENIDA CON LA SUBDIRECCIÓN DE INSPECCIÓN : El día 17 de julio se mantuvo una importante reunión técnica con la Subdirección de Inspección en la que estuvieron también presentes los tres coordinadores de programas. A lo largo de la misma se plantearon diversos problemas que afectan desempeño de nuestro trabajo diario y se ofrecieron posibles soluciones. Consultar

NuevoPREVISIONES OFERTA DE PUESTOS PARA CONCURSO DE TRASLADO : La Subdirección nos ha hecho llegar el Borrador de los puestos que previsiblemente saldrán convocados para su cobertura en el próximo Concurso de Méritos Consultar

PUBLICADO EL DECRETO 216/2011, de 28 de junio, de adecuación de diversos organismos autónomos a las previsiones de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, por el que el Servicio Andaluz de Salud pasa a ser Agencia Administrativa: Aunque no aporta muchas novedades ya que casi todo lo refiere a la Ley de 2007, es interesante conocerlo y debatirlo. Consultar

LA CAMARA DE CUENTAS EVALUA el proceso asistencial cancer de mama sin analizar el gasto.

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA 20 Noviembre 2010

ULTIMA HORA: Decreto ley de medidas Urgentes de Reordenación del Sector Público

PUBLICADA LA LEY DE ESTATUTARIZACIÓN EN CASTILLA - LA MANCHA

IV CONGRESO NACIONAL DE LA FAISS VALENCIA, 3, 4, 5 DE NOVIEMBRE DE 2010

RESULTADOS DE LA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA CELEBRADA EL DIA 20 de FEBRERO DE 2010

"El Pais" se ocupa del tema de los convenios de IT

La AAISS insta a la Consejería de Salud que cumpla sus compromisos.

Colección fotográfica de las VIII Jornadas de Sevilla

Publicado RD de desarrollo reglamentario de la Ley 40/2007

Publicado nuevo Convenio IT

Publicado el Decreto de Prescripción Enfermera

Se simplificarán los trámites administrativos en la gestión de las bajas temporales

Confirmada Maria Jesús Montero como Consejera de Salud en el nuevo Gobierno de Jose Antonio Griñán

En Trámite de Audiencia el Decreto de Modificación del Reglamento de Ordenación

Oposición y Concurso de Traslados

El Viceconsejero de Salud se reune con la Junta Directiva de la Asociación.

Debate sobre la gestion de los servicios sanitarios

Blog en Internet de los compañeros de Valencia

Los MIR rotarán en las UVMIs

Nuevo Programa de Control de IT de Centros Propios 2008-2010

Asamblea 2008

 

III Congreso de Inspección Murcia 2008

Acuerdo Formativo en temas de Inspección entre el MSC y el Instituto de Salud Carlos III

Nuevos Nombramientos en Salud

 

Jornada Técnica de Madrid

 

VII Jornadas de Inspección Andaluzas Almería 2007

 

Jornada IT Archidona

 

Lineas Estratégicas Comunes de Inspección

 

Los Suspensos de la Sanidad Pública.

 

Los Inspectores piden a Sanidad que homologue sus condiciones

 

Anuario de la Sanidad y el Medicamento 2006

 

Junta Directiva

Nuevas Inscripciones

Nuevo! Publicado en el BOE el RDL de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.

LA AAISS Rechaza estas medidas y propone su alternativa a los recortes

Se ha publicado en el BOE del 24 de abril, el Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones. Os recomiendo su lectura dado que introduce multitud de cambios en normas anteriormente aprobadas. Estatuto Marco, Ley de Cohesión etc... y deroga otras. Persigue ahorrar nada menos que 7.000 millones en gasto sanitario, es decir, aproximadamente uno de cada nueve euros de los que dedicamos a sanidad en este país. Las medidas son un cúmulo de disposiciones: la mayoría poco relevantes y cuya aplicación no suponn un gran ahorro pero sí una gran distorssión en los sectores afectados, incluidos los ciudadanos. Han trascendido como las más importantes las que afectan al precio de los medicamentos y otros productos sanitarios como las prestaciones ortoprotésicas que pasan a tratarse como las faramaceuticas a efectos de "copago" y finalmente otras que intentan evitar que las comunidades autónomas aumenten sus prestaciones sanitarias.

Los usuarios de la Sanidad pública tendrán que pagar parte de las prótesis, los productos dietéticos e incluso el transporte sanitario no urgente, ya que considera estos productos y actividades como "servicios accesorios" sujetos a aportación por parte del usuario. El porcentaje de aportación del usuario "se regirá por las mismas normas que regulan la prestación farmacéutica, tomando como base de cálculo para ello el precio final del producto y sin que se aplique ningún limite de cuantía a esta aportación".

Ese tipo de prestaciones -ortoprotésica, productos dietéticos y transporte sanitario no urgente-, que se dispensan de manera ambulatoria, estarán incluidas en la cartera común suplementaria del Sistema Nacional de Salud. También destaca en la norma la modificación del artículo relativo al desarrollo de los servicios comunes, entre los que no se incluirán aquellas técnicas, tecnologías y procedimientos que no tengan suficientemente probada su "contribución eficaz a la prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y curación de las enfermedades, conservación o mejora de la esperanza de vida, autonomía y eliminación o disminución del dolor y el sufrimiento".

Entrada en vigor: Las comunidades autónomas deberán adaptarse al copago farmacéutico según renta antes del 30 de junio, adoptando todas las medidas que sean necesarias para la aplicación de lo dispuesto en el apartado 13 del artículo 4". Según la nueva norma, "la aportación del usuario será proporcional al nivel de renta que se actualizará, como máximo, anualmente". Además, los usuarios de prótesis, productos dietéticos y del transporte sanitario no urgente también deberán pagar parte del importe de estos servicios.

El objetivo de la reforma sanitaria es conseguir un ahorro estimado de 7.000 millones de euros, de los cuales casi la mitad, unos 3.550 millones de euros, se conseguirá con las medidas antes narradas; la desfinanciación pública de fármacos "obsoletos" o "con menor terapéutico"; un plan para el impulso de medicamentos genéricos, nuevos precios de referencia y el ajuste de los envases a la duración de los tratamientos.

Asimismo, el Gobierno también ha preparado un plan para luchar contra el turismo sanitario y el "uso fraudulento" de la sanidad por parte de extranjeros no residentes en España, con el dice que se ahorrarán unos 1.500 millones de euros. Para ello, el Real Decreto ley incluye la modificación de la actual Ley de Extranjería y la adaptación completa de la directiva europea relativa al derecho de los ciudadanos de la unión y de los miembros de su familia a circular y residir libremente en el territorio de los estados miembros.

La reforma también establece la creación de una Plataforma de Compras Centralizada para que las comunidades compren de forma conjunta medicamentos hospitalarios y tecnología médica, como ya se hace con la vacuna de la gripe, con la que se generará un ahorro de entre 1.000 y 1.500 millones de euros.

El resto del ahorro procederá de la creación de una cartera de servicios común para todas las comunidades y la implantación de la 'e-salud' (700 millones de euros); mejorando la coordinación entre los servicios sanitarios y los servicios sociales (600 millones de euros); y con la elaboración de un catálogo homogéneo de categorías profesionales que facilite la movilidad entre los servicios de salud (500 millones de euros).

Prestación Farmacéutica: En cuanto a la prestación farmacéutica, (Y otras ya citadas) las principales novedades son: los jubilados pagarán por los fármacos (entre 8 y 18 euros como máximo por mes) y los parados sin prestación no pagarán (ahora abonaban el 40%).

Pago de medicamentos
  A partir de ahora Hasta ahora
Trabajadores con una renta inferior a 18.000 euros al año*
40%
40%
Trabajadores con una renta de entre 18.000 y 100.000 euros al año
50%
40%
Trabajadores con una renta superior a 100.000 euros
60%
40%
Jubilados con una pensión contributiva inferior a 18.000 euros al año
10% con un máximo de 8 euros al mes
0%
Jubilados con una pensión contributiva de entre 18.000 y 100.000 euros al año
10% con un máximo de 18 euros al mes
0%
Jubilados con una pensión contributiva de más de 100.000 euros al año
60% con un límite de 60 euros al més
0%
Pensiones no contributivas**
0%
0%
Parados que no cobren subsidio de desempleo
0%
40%
Mutualistas y clases pasivas (funcionarios del Estado, Fuerzas Armadas...)
30%
30%

Fuente: Real Decreto-ley 16/2012 de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones y Ministerio de Sanidad.

* Para calcular la renta del usuario (sea trabajador o jubilado) se tendrá en cuenta la cantidad consignada en la casilla de base liquidable general y de ahorro de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas (IRPF). Los porcentajes de copago son para los trabajadores y jubilados y los beneficiarios que estén con ellos en sus tarjetas sanitarias.

Repercusión Profesional: Dado que algunos compañeros pueden estar trabajando en instituciones sanitarias es muy importante valorar si se podría aplicar lo previsto en el artículo 10. 4. que modifica la Ley del Estatuto Marco a los profesionales de la inspección.

«Disposición adicional decimosexta. Integración del personal funcionario al servicio de instituciones sanitarias públicas.
1. Los médicos, practicantes y matronas titulares de los servicios sanitarios locales que presten sus servicios como médicos generales, practicantes y matronas de los servicios de salud, y el resto del personal funcionario que preste sus servicios en instituciones sanitarias públicas, dispondrán hasta el 31 de diciembre de 2012 para integrarse en los servicios de salud como personal estatutario fijo. A tal fin, las comunidades autónomas establecerán los procedimientos oportunos.
2. En caso de que este personal opte por permanecer en activo en su actual situación, en los cuerpos y escalas en los que ostenten la condición de personal funcionario, las comunidades autónomas adscribirán a este personal a órganos administrativos que no pertenezcan a las instituciones sanitarias públicas, conforme  a las bases de los procesos de movilidad que, a tal fin, puedan articularse.» Ver Norma

Valoración de las Organizaciones y Asociaciones:

Organización Médica Colegial: La OMC ve con especial preocupación la introducción del medicamento biosimilar en la prescripción por principio activo, la obligación de que los médicos titulares se integren en los servicios de salud de las CC.AA. como personal estatutario fijo y la forma en cómo se va a procesar la creación del Registro Estatal de profesionales sanitarios. Ver

AAISS: La entrada en vigor del RDL 16/2012, no solo supone una mayor contribución económica de los ciudadanos en el acceso a las prestaciones, sino que, amparándose en criterios economicistas, postula el cambio de un modelo de sanidad pública, universal y gratuita, a una sanidad de asegurados y beneficencia que nos llevará ineludiblemente a problemas equidad en el acceso a las prestaciones y a mayores desequilibrios entre las regiones.

Las Prestaciones Farmacéuticas sufren un incremento de pago absolutamente desproporcionado, las Prestaciones Ortoprotésicas, los Productos Dietéticos, así como el Transporte Sanitario no urgente, hasta ahora gratuitos, se pagan con los mismos porcentajes que los medicamentos, los jóvenes mayores de 26 años y sin empleo previo (principalmente estudiantes) y un gran colectivo de emigrantes, no tendrán derecho a la atención sanitaria no urgente. Pero fuera del impacto económico, la pérdida de la universalidad y la menor accesibilidad de los ciudadanos, al dejar fuera una gran cantidad de población, supondrá, en la práctica, un mayor riesgo para la salud también para los que continúen bajo el amparo del sistema, por los riesgos de transmisión de enfermedades que quedarían fuera de control.

Además, la reforma pretendida impacta sobre todo en las clases medias, las que más contribuyen a la sostenibilidad del sistema, y limita la capacidad de gestión de las comunidades autónomas  propiciando una recentralización encubierta de las competencias en materia de sanidad bajo la coartada económica.

Contra esta reforma indiscriminada, acompañada de vientos privatizadores, queremos  ofrecer una alternativa de mejora de la gestión. Estamos convencidos de que la piedra angular de la sostenibilidad del sistema, no reside en disminuir el gasto, sino en conseguir la optimización de los recursos empleados utilizando para ello las herramientas de gestión mas adecuadas.

Las actividades de control, evaluación e inspección del sistema, son instrumentos de gestión que, además de asegurar el cumplimiento de la normativa vigente, propician una asistencia de calidad prestada en tiempo y forma adecuados y contribuyen a asegurar a los ciudadanos el ejercicio de sus derechos sanitarios bajo el respeto a los principios constitucionales.

En los momentos de crisis, estas funciones adquieren una especial relevancia, al hacer que se gaste solo lo necesario. Al propiciar que los servicios funcionen correctamente, se evitan abusos no justificados y gastos innecesarios y excesivos.

Por ello nos permitimos recordar a las autoridades sanitarias andaluzas que, potenciar las tareas de evaluación y control de las prestaciones, e intensificar el trabajo de los inspectores sanitarios en el Sistema Sanitario Público de Andalucía, desarrollando plenamente sus competencias, es mejorar la calidad de la asistencia y conseguir importantes ahorros que hagan innecesarias otro tipo de medidas.

Contar con una estructura ágil, moderna, eficaz, específicamente formada en temas de inspección, gestión y evaluación, y con profesionales con probada experiencia en estos temas, es un auténtico lujo a precio de ganga (sueldo de funcionario) y crear o mantener estructuras paralelas para desarrollar funciones de su ámbito de actuación, en vez de potenciarla, una auténtica irresponsabilidad en los momentos de crisis que vivimos.

En este sentido hemos elaborado una completa Cartera de Servicios que incluye y comprende todas aquellas labores que podemos desarrollar para colaborar en la sostenibilidad y mejora del Sistema Sanitario Público de Andalucía y que ofreceremos en días próximos a la Consejería.

FADSP: La Federación de Asociaciones para la Defensa de la Sanidad Pública ante la publicación en el BOE del RD 16/2012, de 20 abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones tiene que señalar:

1) Este RD mezcla asuntos múltiples de categorías muy distintas, seguramente con la intención de ocultar el trasfondo real de las medidas que se adoptan (prescripción farmacéutica, aseguramiento, fondo de garantía asistencial, áreas de capacitación especifica, etc).

2) El RD consolida una gravísima agresión sobre los pensionistas, ya que no solo introduce el copago de los mismos, sino que además incluye que las prestaciones dietéticas y ortoprotesicas tendrán unas aportaciones con los mismos criterios que los fármacos. Por otro lado se anuncia una exclusión de medicamentos de la financiación pública, que se queda a un control posterior.

3) Las cantidades a reintegrar a los pensionistas que hayan pagado por encima de los limites establecidos serán “reintegradas” por las CCAA con una “periodicidad semanal” (articulo 4.trece.7) lo que significa que los pensionistas tendrán que pagar para poder retirar los medicamentos y luego solicitar su reintegro, estableciendo una nueva barrera en el acceso a los medicamentos para las rentas menores y los enfermos crónicos.

4) La gestión de la prestación se dificulta notablemente porque queda en manos de la prescripción electrónica, que no esta establecida en todo el sistema sanitario público y se establecen nada menos que 7 modelos de recetas que deberán de implementarse en los centros sanitarios con los problemas que ello conlleva.

5) No se garantiza el acceso del sistema sanitario a los datos de ingresos de los contribuyentes, que en todo caso parece situarse en la declaración de la renta del año anterior, lo que penaliza a las personas que hayan entrado en el paro, disminuido sus ingresos o perdida la prestación por desempleo desde entonces.

6) Se establece que el Ministerio de Sanidad fijara los importes máximos de contribución para el transporte sanitario no urgente, la prestación ortoprotesica y la dietética, lo que quiere decir que se ampliara el copago en todos estos aspectos

7) Como colofón se retira el derecho a la atención sanitaria a los inmigrantes ilegales con los efectos negativos que ello tendrá sobre la salud pública. En resumen, se trata de una agresión mayor aún de lo anunciado que va a dificultar seriamente a las personas con menos recursos y con mas problemas de salud su acceso a la prestación farmacéutica, ortoprotesica y dietética y que previsiblemente por la modificación de la cartera de servicios que se prevé supondra la desaparición de la accesibilidad al Sistema nacional de Salud precisamente para las personas que mas lo necesitan.

Consejería de Salud y Bienestar Social de la Junta de Andalucía: Una vez conocida la letra pequeña del Real Decreto, se confirman los temores que se venían anunciando desde esta Consejería sobre la intención del Gobierno central de desmantelar el Sistema Nacional de Salud tal y como lo conocemos hoy en día. El texto del Decreto supone una auténtica contrarreforma del modelo del Sistema Nacional de Salud y pone en jaque una de sus características básicas: el acceso universal de todos los ciudadanos a la atención sanitaria pública. Con la aprobación de este texto, el Gobierno central cambia en la práctica el modelo que hasta ahora había permitido conformar un sólido Sistema Nacional de Salud y se retrotrae a la normativa de los años 70/80, previa a la Ley General de Sanidad. Entonces, existía un modelo de aseguramiento que se superó cuando se conquistó (por esta norma del 86) un derecho universal que garantiza la protección de la salud a todos los españoles. Este cambio de modelo significa que se pasa de una sanidad pública, universal y gratuita para todos los ciudadanos a una sanidad sólo para los asegurados y la beneficencia. Se trata, en definitiva, de un embate a la justicia social y al Estado de Bienestar que impacta sobre todo en las clases medias en las duras circunstancias económicas que sufre el país que son, por otra parte, los que más contribuyen a su sostenibilidad. Además, la Consejería pone en duda de que el Gobierno pueda utilizar un Real Decreto de Medidas Urgentes para introducir cambios estructurales sobre el sistema sanitario, por lo que los servicios jurídicos de Salud están estudiando la norma para ver cómo afecta a la Constitución, a las competencias autonómicas y a las leyes orgánicas como la de Extranjería. Del derecho a la condición de asegurado Con este Real Decreto, los ciudadanos pierden su derecho universal a la protección de la salud y la atención sanitaria y se sustituye por la condición de asegurado, una condición que tiene que ser reconocida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y que se limita a trabajadores afiliados a la Seguridad Social, pensionistas, parados que reciban prestación por desempleo y demandantes de trabajo; así como los antiguos colectivos pertenecientes a la beneficencia (personas que acreditan no tener ningún tipo de recurso). Como ejemplo, los jóvenes mayores de 26 años y sin empleo previo (principalmente estudiantes) no tienen derecho a la atención sanitaria no urgente salvo que soliciten y acrediten estar por debajo de los ingresos que se determinen reglamentariamente. Se vuelve, por tanto, a una situación similar al sistema insolidario que existía en España en los años 70, donde sólo tenían derecho a la prestación sanitaria los que cotizaban a la Seguridad Social y “la beneficencia”. El Decreto establece también el copago sanitario en la denominada cartera suplementaria, donde se incluye el transporte sanitario no urgente –aunque éste cuente con indicación médica--, prestaciones ortoprotésicas y productos dietoterápicos. La norma establece la fórmula para que los ciudadanos tengan que aportar en estas prestaciones la misma cantidad de dinero que en los medicamentos. Se vuelve, por tanto, a castigar el bolsillo de los ciudadanos que peor lo están pasando en estos momentos de recesión económica; por poner un ejemplo: una ambulancia cuesta alrededor de 60 euros diarios de manera que, por ejemplo, alguien que acuda a rehabilitación todos los días para recuperar la movilidad tendrá que hacer frente a un importante desembolso. Hay que recordar que los colectivos que se benefician de esta prestación son las personas que requieren rehabilitación, pacientes en hemodiálisis o personas en tratamiento oncológico y siempre cuentan con indicación facultativa. A este nuevo copago se suma el ya anunciado incremento en la aportación que hacen los ciudadanos sobre los medicamentos. Con este nuevo sistema impuesto por el Gobierno del PP, por primera vez en la historia del Sistema Nacional de Salud, 1,5 millones de pensionistas andaluces que hasta ahora no pagaban nada por sus medicinas tendrán que empezar a pagar el 10% de los medicamentos que necesiten. Pero más allá de este copago, el Decreto supone fundamentalmente un cambio de modelo y abre la vía al desmantelamiento del Sistema Nacional de Salud tal y como viene funcionando desde el año 1986, en el que se aprueba la Ley General de Sanidad. Además, el Real Decreto limita la capacidad de las comunidades autónomas y supone una recentralización de las competencias en materia de sanidad bajo la coartada económica. Como ejemplo, el Ministerio de Sanidad imposibilita que una comunidad incluya alguna prestación adicional a la cartera de servicios básica endureciendo y supeditándola en todo caso a los planes de ajuste y a la estabilidad presupuestaria que tienen que ser aprobados por el Gobierno Central. Además, de otras consideraciones, como la exclusión de los medicamentos para síntomas menores sin especificar (estreñimiento, diarrea, resfriados, rinitis alérgica).

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